Movimiento Concertación Plural

Una política plural, al servicio del consenso

Reunimos a ciudadanos de distintas tradiciones para recuperar los valores republicanos y la convivencia democrática. Una política con valores, hecha desde la cooperación y el respeto a las instituciones

Un movimiento, tres pilares


Convivencia democrática

Defensa de la Constitución, la división de poderes y las instituciones democráticas como base de toda decisión política.

Consesos plurales 

Distintas vertientes ideológicas trabajando juntas, sin sectarismo, en torno a soluciones concretas para la Provincia.

Compromiso social

Educación, salud, vivienda y capacitación como herramientas para que cada persona aporte su talento a la sociedad.

ELECCIONES IINTERNAS 

Convoctoria

La Junta Electoral Partidaria del Partido Movimiento Concertación Plural, al único efecto eleccionario, informa a sus afiliados la convocatoria a elecciones internas de autoridades partidarias para cubrir: Catorce Convencionales titulares y seis Convencionales suplentes; del Comité Ejecutivo: Un presidente, Un vicepresidente, Un secretario, Un tesorero titular, Un tesorero Suplente, Dos Vocales Titulares y Dos Vocales Suplentes, para el día 23 de agosto de 2026, con el siguiente cronograma electoral: a) Exhibición del Padrón de Afiliados a efectos de observaciones, tachas, altas y bajas no registradas: del 20/07/2026 hasta el 26/07/2026; b) Entrega de Padrones Definitivos a los Apoderados de listas debidamente acreditados: 28/07/2026; c) Presentación de listas: 07/08/2026; d) Oficialización de listas: 08/08/2026; e) Presentación de Boletas de votación: 09/08/2026; f) Oficialización de Boletas: 11/08/2026; g) Exhibición de listado de locales habilitados para votación del 09/08/2026 al 14/08/2026; h) Comicio: día 23/08/2026 de 8 a 18 horas en todo el ámbito de la Provincia de Buenos Aires; i) Escrutinio por la Junta Electoral: 24/08/2026 y 25/08/2026; j) Proclamación de Electos: 26/08/2026; k) Notificación al Juzgado Federal con Competencia Electoral: 27/08/2026. Mas información por sede central calle 525 número 3470 La Plata, o al correo electrónico en concertacionpluralok@gmail.com 

CONOCÉ EL MOVIMIENTO

Reglamento electoral

REGLAMENTO ELECTORAL – PARTIDO MOVIMIENTO CONCERTACION PLURAL -Elecciones internas del 23 de agosto de 2026-
ARTÍCULO 1º: El presente Reglamento Electoral rige para las elecciones internas del PARTIDO MOVIMIENTO CONCERTACION PLURAL, a llevarse a cabo el próximo 23 de agosto de 2026, para la elección de candidatos a Autoridades Partidarias de Distrito, Convencionales Provinciales (titulares y suplentes) y del Comité Ejecutivo.
ARTÍCULO 2º: La Junta Electoral Partidaria funcionará de manera provisoria con la composición, duración, atribuciones y obligaciones que determina la Carta Orgánica para la Junta Electoral Definitiva, las establecidas en este Reglamento y en las leyes que regulen la materia. La Junta Electoral fija su domicilio legal en calle 525 número 3470 entre 2 y 30, de la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires donde deberán efectuarse todas las presentaciones y actuaciones a las que se refiere este Reglamento. Asimismo se considerarán realizadas las notificaciones que fueran comunicadas a través del correo electrónico: concertacionpluralok@gmail.com.
ARTÍCULO 3º: Son electores del Partido Movimiento Concertación Plural, todos los afiliados incorporados al padrón hasta el 18 de julio de 2026, hasta las 12 horas. La calidad de elector se acredita y prueba a los fines del sufragio, exclusivamente por su inclusión en el Padrón Partidario, confeccionado por esta Junta Electoral, siendo único documento habilitante para sufragar el Documento Nacional de Identidad.
ARTÍCULO 4º: El padrón será exhibido en la sede del Partido Movimiento Concertación Plural, desde el 20/07/2026 hasta el 26/07/2026, a las 12 horas. Los reclamos sobre el mismo podrán formularse hasta el día 26/07/2026 a las 24 horas. Exhibiéndose el Padrón Partidario definitivo desde el día 28/07/2026.
ARTÍCULO 5º: El plazo para la presentación de las listas por parte de quienes soliciten su reconocimiento para participar en la elección interna vence el 07/08/2026 a las 20 horas. Las listas para ser reconocidas, deberán cumplimentar los siguientes requisitos: JUNTA ELECTORAL PARTIDO MOVIMIENTO CONCERTACIÓN PLURAL: La nota de presentación estará suscripta por cinco (5) promotores –afiliados al Partido Movimiento Concertación Plural- con sus datos completos y firmados. Se indicará el nombre con el que se distinguirá la lista hasta la asignación del número correspondiente. En la presentación, se designará a un apoderado titular y un suplente. Asimismo, se fijará un domicilio legal en la ciudad de La Plata. La no constitución de un domicilio legal implicará que se tendrá como tal el de esta Junta Electoral, donde quedará notificado para todos los actos y efectos electorales. Deberán respetar lo dictado en la Carta Orgánica respecto a la paridad de género. La firma del candidato implicará la aceptación del cargo al que se postula.
ARTÍCULO 6º: Presentación de Listas, vence 07/08/2026 hasta las 20 horas.
ARTÍCULO 7º: Impugnaciones el 08/08/2026, hasta las 12 horas.
ARTÍCULO 8º: Oficialización de listas el 08/08/2026, hasta las 20 horas.
ARTÍCULO 9º: Presentación Modelos de Boletas el 09/08/2026, hasta las 18 horas.
ARTÍCULO 10º: Oficialización del modelo de boletas y designación de autoridades de mesa, lugares y horarios de votación el 11/08/2026, hasta las 20 horas.
ARTÍCULO 11º: Las listas reconocidas deberán presentar a la Junta Electoral Provisoria, los modelos de boletas de sufragio. La Junta resolverá sobre los mismos, oficializando los modelos de boletas que correspondieran. Las boletas deberán tener dimensiones de 12 cm x 19 cm.
ARTÍCULO 12º: Las listas intervinientes podrán designar fiscales para que los representen en las mesas receptoras de votos. Será función de los fiscales controlar el desarrollo del acto electoral y formalizar los reclamos que estimen convenientes.
ARTÍCULO 13º: El Presidente de Mesa en ejercicio podrá votar en la mesa que se desempeña (agregándose al final del padrón).
ARTÍCULO 14º: Las elecciones internas se llevarán a cabo el día 23/08/2026, entre las 08:00 horas y las 18:00 horas, en las mesas receptoras de votos que la Junta establezca.
ARTÍCULO 15º: La Junta Electoral tiene facultades para dictar las Resoluciones que estime conveniente para el mejor funcionamiento, aclaraciones y desarrollo del Acto Comicial y sus decisiones son recurribles en el ámbito partidario interno.
ARTÍCULO 16º: Los plazos otorgados para cumplimentar las distintas etapas establecidas en el presente reglamento electoral son perentorios e improrrogables, salvo resolución en contrario de esta Junta Electoral.
ARTÍCULO 17º: Los términos de horas establecidos en el presente reglamento, o los que la Junta establezca en cada caso, se cuentan desde la hora siguiente a la de la notificación, y correrán aún durante las inhábiles, salvo disposición en contrario de la Junta Electoral.
ARTÍCULO 18º: Todas las providencias y resoluciones de la Junta Electoral, serán notificadas dentro de las dos horas en que fueron dictadas, mediante carta certificada con acuse de recibo o telegrama con copia certificada y aviso de entrega y/o nota por duplicado o cédula en doble ejemplar, en forma tal que permita su cierre y emisión sin sobre, o también notificación personal en el expediente, o actuación por parte del interesado o apoderado, o representante o en su caso por aviso público en medio de prensa o transparente de la Junta Electoral o publicación en el sitio web www.movimientoconcertacionplurar.com o envío al mail constituido como domicilio electrónico. El informe o recibo de la entrega en el domicilio brindado por la empresa de correo o notificador ad hoc o secretario de la Junta, determina fecha y hora de la notificación. Las copias de notificaciones, ya sea con el informe o recibo de entrega de la empresa de correo, o notificador ad hoc, se agregarán al expediente o actuación correspondiente.
ARTÍCULO 19º: Son aplicables las disposiciones de la Carta Orgánica de distrito y supletoriamente el Código Electoral Nacional y la Ley 23.298 según correspondiere.
(d) Finalmente se propone el siguiente texto de convocatoria: 

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Movimiento Concertación Plural es un espacio abierto al diálogo. Queremos escucharte y que seas parte de la transformación que nuestra sociedad necesita. Respondemos tus consultas a la brevedad.

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